Alcemtrar.- La Catedral de
Barinas “Ntra. Sra. del Pilar” con nuevo Párroco el Presbítero Víctor Manuel
Roa, en reunión con todos los integrantes de los grupos de Apostolado,
comunidades eclesiales de base; dieron inicio al nombramiento del nuevo Consejo
Pastoral, Económico y demás Ministerios.
El Nuevo Párroco, ante la Imagen sagrada de
la Patrona de Barinas “Ntra. Sra. del Pilar” realizó una sentida oración:
implorando a Dios en nombre de Nuestro Señor Jesucristo la iluminación del
Espíritu Santo, para tomar la mejor decisión en todos los asuntos concernientes
a la feligresía de la parroquia, en conjunto a todos quienes hacen vida y
contribuyen a la evangelización… Pidió a la Santísima Virgen que como nuestra
Mamá nos cobijara y nos mantuviera bajo su manto, para perseverar en los
caminos de la fe: Familia, Comunidad, Iglesia.
Exhortando Roa a no competir y crear
divisiones, sino a unirnos fraternamente en un solo cuerpo, el de Cristo. La
historia nos da el ejemplo: nuestra Iglesia Católica con 2017 años, ha
perdurado en el mundo y continuará, ya que Jesucristo así le dijo a Pedro…
entre otras palabras “Oraré por ti para que perseveres en la Fe”… el trabajo
compartido es exitoso, nuestro norte es Jesucristo quien nos da la fortaleza
para poder perseverar.
Se dió la palabra para quienes deseaban
proponer ideas a las que algunos coordinadores las presentaron. La Asoc. Civil
Alcemtrar, se presentó para contribuir, reportar a través de las plataformas
digitales llevando a toda la ciudadanía que les sigue en las mismas la
información que genera la parroquia.
La Santa Eucaristía será de lunes a Sábado
5:p.m.
Los Domingos 7:a.m. 10:a.m. y 5:p.m.
Confesiones antes de
la Eucaristíat.me/virgendebarinas
Código de Derecho Canónico
Capítulo
VI de las parroquias, de los párrocos y de los vicarios parroquiales:
532 El párroco representa a la parroquia
en todos los negocios jurídicos, conforme a la norma del derecho; debe cuidar
de que los bienes de la parroquia se administren de acuerdo con la norma de los
⇒
cc. 1281-1288.
536 § 1. Si es oportuno, a juicio del Obispo
diocesano, oído el consejo presbiteral, se constituirá en cada parroquia un
consejo pastoral, que preside el párroco y en el cual los fieles, junto con
aquellos que participan por su oficio en la cura pastoral de la parroquia,
presten su colaboración para el fomento de la actividad pastoral.
§ 2. El consejo pastoral tiene voto meramente
consultivo, y se rige por las normas que establezca el Obispo diocesano.
537 En toda parroquia ha de haber un
consejo de asuntos económicos que se rige, además de por el derecho universal,
por las normas que haya establecido el Obispo diocesano, y en el cual los
fieles, elegidos según esas normas, prestan su ayuda al párroco en la
administración de los bienes de la parroquia, sin perjuicio de lo que prescribe
el ⇒
c. 532.










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